LOS DECRETOS DE NUEVA PLANTA
Suprimen los fueros de la Corona de Aragón como consecuencia de la Guerra de Sucesión de España (1701-1715).
Los fueros constitucionales, porque dejan de ser reinos o Estados,
y los fueros políticos, porque dejan de tener leyes propias y Cortes propias y todas sus restantes instituciones superiores.
Sus representantes serán convocados a las Cortes de Castilla.
Ya no tienen virreyes al frente, sino capitanes generales, que ejercen además de gobernadores y presidentes de las Audiencias, que les sirven de consejo.
Se suprime el Consejo de la Corona de Aragón.
Y el centralismo se extiende a los municipios, porque se establece el cargo de corregidor nombrado por el rey al frente de los municipios, como ya existía en los reinos de Castilla desde los Reyes Católicos.
Les quedará un residuo de leyes propias de derecho civil, excepto en Valencia.
En 1707, tras la batalla de Almansa y la consiguiente conquista de Valencia y de Aragón, se impone el Decreto de Nueva Planta que suprime los fueros de Valencia y de Aragón.
En 1715, el Decreto de Nueva Planta que suprime los fueros de Mallorca (el reino de Mallorca, que incluye todas las Baleares).
En 1716, el Decreto de Nueva Planta que suprime los fueros de Cataluña.
CAUSAS
- El sistema absolutista y por ende centralista que imperaba en Francia y que ahora se impone en España por Felipe V y sus ministros franceses
- Y la rebelión y la derrota de los Estados de la Corona de Aragón.
Porque Navarra sigue siendo un reino y sigue teniendo sus Cortes y sus fueros, no sólo administrativos, sino políticos y constitucionales, por lo tanto. Y las Vascongadas, aunque no son un reino, siguen teniendo sus fueros y se las denominará provincias exentas, cada una con sus Juntas Generales, similares a las Cortes.
Porque Navarra y Vascongadas no se han rebelado contra Felipe V.
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